TFD 215 Handbook - Spanish - 2026-2027 - Flipbook - Page 84
Luego, se le brindará al estudiante la oportunidad de redactar una respuesta escrita a las
acusaciones mediante una Declaración Estudiantil o una respuesta oral. Las respuestas orales
serán dictadas por un miembro del personal.
Si se niegan los cargos, se debe dar al estudiante la oportunidad de explicar su versión de los
hechos al funcionario escolar. Consulte el punto anterior para saber cómo puede documentar su
negación.
Un estudiante que renuncia al debido proceso al negarse a escribir o proporcionar una
declaración oral todavía está sujeto a intervenciones disciplinarias.
Un estudiante que falsifique su relato, participación o responsabilidad en una acusación puede
ser citado por obstruir una investigación escolar.
DEBIDO PROCESO E INTERVENCIONES ESTUDIANTILES (7.20)
Las suspensiones fuera de la escuela por infracciones disciplinarias no pueden exceder de 10
días.
a. El estudiante tiene derecho a ser informado de las fechas de inicio y fin,
b. un estudiante que recibe servicios de educación especial o adaptaciones bajo la Sección
504 son diferentes; por lo tanto, la disposición dependerá de los hechos presentados en cada caso
Se harán todos los intentos prudentes y razonables para que los padres o tutores de un
estudiante reciban inmediatamente una notificación de suspensión fuera de la escuela.
Dependiendo de la duración de la suspensión fuera de la escuela, el aviso incluirá:
a. Razones específicas por las cuales retirar al estudiante del entorno de aprendizaje es lo
mejor para la escuela;
b. Una justificación de la duración específica de la suspensión;
c. ¿Qué servicios de apoyo, si los hubiera, se proporcionarán al estudiante durante la
duración de su suspensión?
d. Si se intentaron otras intervenciones conductuales y disciplinarias o si se determinó que no
había otras intervenciones apropiadas y disponibles y una notificación del derecho a
revisión/audiencia.
APELACIÓN DE LA INTERVENCIÓN ASIGNADA (7.20)
Los padres/tutores pueden apelar una recomendación de suspensión, colocación a largo plazo
o expulsión.
Se debe enviar una solicitud por escrito de los padres/tutores a la Oficina del Superintendente a
appeals@tfd215.org.
En ese momento, la Junta o un oficial de audiencia designado por la Junta realizará una revisión
de la suspensión.
Se emitirá una decisión final y se notificará a los padres/tutores.
En todos los casos de recomendación administrativa de expulsión y colocación alternativa fuera del
distrito, la Junta de Educación o su representante celebrará una audiencia, la cual brindará al
estudiante y a sus padres/tutores la oportunidad de ejercer su derecho al debido proceso. La Junta
de Educación basará su decisión únicamente en las pruebas presentadas en la audiencia.
En caso de una suspensión fuera de la escuela, el estudiante tendrá la oportunidad de recuperar el
trabajo para obtener créditos académicos equivalentes y un plan para reincorporarse al entorno
escolar.
81