TFD 215 Handbook - Spanish - 2026-2027 - Flipbook - Page 68
REPORTAR
Las personas deben reportar las denuncias de represalias al Director del Edificio, a un
administrador, al Coordinador de No Discriminación y/o a un Gestor de Quejas. Consulte el Título
IX en esta sección para encontrar al Coordinador de No Discriminación y a los Gestores de Quejas
del distrito.
LEGAL ESTUDIANTIL
DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES ESCRITOS, CIRCULACIÓN DE PETICIONES, SEÑALES Y CARTELES
Los estudiantes pueden distribuir folletos, volantes y otros materiales escritos no comerciales;
recolectar firmas o peticiones sobre asuntos o cuestiones escolares o no escolares y llevar o usar
carteles, botones, insignias o brazaletes en el campus de conformidad con los requisitos de la
política 7:315 de la Junta.
Dicha conducta debe ocurrir en un momento, lugar y de una manera que no cause interrupciones,
sea coercitiva ni dé la impresión de que cuenta con el respaldo del Distrito Escolar. Se prohíbe a los
estudiantes dicha conducta si:
1.Causará una perturbación material y sustancial del funcionamiento adecuado y ordenado y de la
disciplina de la escuela o de las actividades escolares;
2.Viole los derechos de terceros, incluido, entre otros, material que sea difamatorio, calumnioso u
obsceno, que invada la privacidad de otros, infrinja derechos de autor o que sea de naturaleza
intimidatoria o acosadora;
3.Es socialmente inapropiado o inapropiado debido al nivel de madurez de los estudiantes,
incluyendo, entre otros, material que sea obsceno, pornográfico o persistentemente lascivo y
vulgar, que contenga lenguaje indecente y vulgar, o sexting según lo define la política de la
Junta de Educación y los Manuales para Estudiantes;
4.Se considere razonablemente que promueve el consumo de drogas ilegales; o
5.Infringe o incita a otros estudiantes a infringir cualquier política de la Junta.