TFD 215 Handbook - Spanish - 2026-2027 - Flipbook - Page 38
EXCLUSIÓN DE LA ESCUELA
Para la salud y seguridad de los estudiantes, los registros de exámenes de salud y
vacunación deben ser aprobados antes del primer día de clases.
Para la salud y seguridad de los estudiantes, los registros de exámenes de salud y vacunación
deben ser aprobados antes del primer día de clases.
El incumplimiento resultará en la expulsión de la escuela hasta que se entreguen al Distrito los
formularios de salud requeridos. Durante la expulsión de un estudiante por incumplimiento, se
considerará que sus padres o tutores han infringido la Sección 26-1 del Código Escolar de Illinois y
estarán sujetos a las sanciones impuestas por la Sección 26-10. Según el Título 77 III del Código
Administrativo, Parte 690, en caso de que se reporte un caso de enfermedad contagiosa prevenible
mediante vacunación (como el sarampión) en la escuela, los estudiantes susceptibles deberán ser
expulsados de la escuela durante el período mínimo establecido por el Departamento de Salud
Pública de Illinois. Durante ese período, la escuela no tiene la obligación de proporcionar tutoría a
domicilio, a menos que, por supuesto, el estudiante se enferme.
Para establecer una fecha antes del 15 de octubre, fecha de exclusión estatal por incumplimiento,
los distritos escolares deben notificar a los padres/tutores con 60 días de anticipación al inicio del
año escolar. Thornton Fractional THSD 215 notificará a los padres/tutores con 60 días de
anticipación que deben presentar los exámenes médicos y las vacunas requeridas para que el
estudiante sea registrado en el distrito escolar.
EXENCIÓN RELIGIOSA
Si un estudiante está exento de un examen físico o de vacunas por razones médicas, un médico
debe proporcionar documentación escrita que aclare la contraindicación médica. Si un padre o tutor
se opone a un examen físico o a las vacunas por motivos religiosos, el formulario de Certificado de
Exenciones Religiosas del Departamento de Salud Pública de Illinois debe ser completado y firmado
por un padre y un médico.
NECESIDADES Y PLANES DE SALUD ESTUDIANTIL
NECESIDADES DE SALUD DE LOS ESTUDIANTES
Los padres/tutores deben notificar a la enfermera escolar sobre cualquier estudiante con una
necesidad médica antes de que comience la escuela o cuando se presente un problema de salud.
La información médica se compartirá con el profesorado y el personal cuando sea necesario para
brindar una atención diaria segura y guiar los procedimientos de emergencia.
Se proporcionará un pase para el ascensor con la orden de un médico o a discreción de una
enfermera. Se mantendrá la confidencialidad de acuerdo con las leyes estatales y federales (Ley
Pública 100-0726, 105 ILCS 5/22-30(c), 105 ILCS 145/27 y Ley Pública 103-0348).
PLANES DE GESTIÓN MÉDICA
Se solicitan planes de manejo de asma, alergias, diabetes, convulsiones y emergencias médicas
para guiar los procedimientos y brindar la mejor atención a los estudiantes. Todos los planes de
manejo médico deben entregarse a la enfermera escolar antes del inicio de cada año escolar.
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