TFD 215 Handbook - Spanish - 2026-2027 - Flipbook - Page 105
REGISTROS DE BIENES PERSONALES POR PARTE DE ESTUDIANTES
Las autoridades escolares pueden registrar a un estudiante y/o sus efectos personales en posesión
(como carteras, billeteras, mochilas, bolsos para libros, loncheras, etc.) cuando exista una
sospecha razonable que la búsqueda producirá evidencia de que el estudiante en particular ha
violado o está violando la ley o las reglas y políticas estudiantiles de la escuela o el distrito.
The search will be conducted in a manner that is reasonably related to its objective of the search
and not excessively intrusive in light of the student’s age and sex, and the nature of the infraction.
DECOMISO DE BIENES
Si un registro revela evidencia de que el estudiante ha infringido o está infringiendo la ley o las
políticas o normas de la escuela o el distrito, las autoridades escolares podrán incautar y confiscar
las pruebas, y se podrán tomar medidas disciplinarias. Cuando corresponda, las pruebas podrán
transferirse a las autoridades policiales.
BÚSQUEDAS DE TECNOLOGÍA
Como se describe en la Política de Tecnología y Uso Aceptable del Distrito, los estudiantes no
tienen ninguna expectativa de privacidad en la tecnología del Distrito ni en Internet, incluyendo
cualquier comunicación realizada a través de la tecnología del Distrito o Internet, como la
mensajería electrónica (mensajes de texto), las comunicaciones por correo electrónico y el uso de
redes sociales y otros sitios web, así como cualquier material descargado por los usuarios.
Consentimiento de los usuarios.
al control e inspección por parte de la administración escolar de todo uso, incluido el personal
uso de la tecnología del Distrito y de Internet sin previo aviso individualizado,
incluido el uso a través de computadoras o dispositivos personales.
El Distrito no puede solicitar ni exigir que un estudiante proporcione una contraseña u otra
Información relacionada con la cuenta para acceder a la cuenta o perfil del estudiante en una red
social. El Distrito podrá realizar una investigación o exigir la cooperación del estudiante si se
encuentra información específica sobre la actividad en su cuenta en una red social que infrinja una
norma o política disciplinaria escolar. Durante la investigación, se podrá exigir al estudiante que
comparta el contenido denunciado con el fin de tomar una determinación fáctica y podrá ser
disciplinado por no proporcionar la información solicitada.
Los funcionarios escolares pueden requerir que un estudiante coopere en una investigación si hay
información específica sobre la actividad en la cuenta del estudiante en un sitio web de redes
sociales que viole las reglas disciplinarias de la escuela o la política del distrito escolar.
Durante la investigación, es posible que se le solicite al estudiante que comparta el contenido
informado para que la escuela pueda tomar una determinación fáctica.
Los funcionarios escolares no pueden solicitar ni exigir que un estudiante o su padre/tutor
proporcione una contraseña u otra información relacionada con la cuenta para obtener acceso a la
cuenta o perfil del estudiante en un sitio web de redes sociales.
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